Villa Constitución: condenaron a 8 años de prisión a un hombre por abusar sexualmente de la hija de su pareja

Villa Constitución

El Tribunal de Juicio de los Tribunales Provinciales de Villa Constitución condenó el lunes 21 de abril a Jorge S. a la pena de 8 años de prisión efectiva. El acusado fue hallado responsable de los delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado por haber sido cometido contra una menor de 18 años aprovechando la situación de convivencia preexistente, y de desobediencia a una orden judicial en dos hechos distintos, todo en concurso real y en carácter de autor.

El fallo fue dictado por los jueces de Primera Instancia doctores Romanini, Minetti y Pangrazi, tras el juicio oral llevado a cabo por la Fiscalía Regional Segunda Circunscripción, a cargo del fiscal Ramiro Martínez.

Según la acusación fiscal, los hechos de abuso sexual ocurrieron entre los meses de julio y agosto de 2021, cuando la víctima, hija de la pareja del condenado, tenía apenas 12 años. Jorge S. convivía en ese momento con la menor y su grupo familiar, aprovechando esa situación de cercanía y confianza para cometer el abuso.

Además de esto, el Tribunal lo encontró culpable de haber desobedecido en dos oportunidades las órdenes judiciales que le impedían acercarse a la víctima y a su familia.

La primera restricción había sido dictada por el Juzgado de Familia el 24 de septiembre de 2021, con una prohibición de acercamiento por 90 días a cualquier lugar donde la víctima y su grupo familiar habitaran, trabajaran o estudiaran, incluyendo la vía pública, así como la prohibición de cualquier tipo de comunicación verbal o a través de dispositivos electrónicos. Sin embargo, el acusado se presentó en el domicilio de la localidad de Alcorta con la intención de pasar la fiesta de Navidad, un encuentro que no había sido programado ni autorizado por las víctimas.

La segunda desobediencia ocurrió tras una nueva orden judicial dictada el 31 de diciembre de 2021, impuesta como medida alternativa a la prisión preventiva, que reiteraba la prohibición de acercamiento y contacto por ningún medio con la menor, su madre y su familia. Pese a conocer perfectamente la restricción, Jorge S. volvió a presentarse en el domicilio de Alcorta. Las evidencias reunidas durante la investigación permitieron establecer que no se trató de encuentros fortuitos, sino de acciones generadas voluntariamente por el acusado.

La condena a 8 años de prisión efectiva implica que Jorge S. deberá cumplir la pena en un establecimiento penitenciario, sin posibilidad de acceder a regímenes de libertad condicional o arresto domiciliario hasta tanto no transcurra el tiempo previsto por la ley.