Moratoria impositiva con límites a grandes empresas

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El proyecto amplía el alcance de la Moratoria 2020 creada por la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva para incluir a todos los contribuyentes que originalmente no habían sido contemplados y aliviar la carga de las deudas acumuladas durante la pandemia.

El gobierno nacional remitió a la Cámara de Diputados un proyecto de moratoria impositiva que permitirá incluir deudas vencidas hasta el 30 de junio, con planes de pago de hasta 120 cuotas en deudas tributarias y aduaneras y de 60 para el caso de aportes previsionales.

El proyecto establece condiciones para las empresas de mayor tamaño. Durante 24 meses estas no podrán distribuir dividendos, realizar operaciones con títulos para eludir la normativa cambiaria ni acceder al mercado cambiario para realizar pagos a entidades vinculadas.

El ministro de Producción, Matías Kulfas, señaló que la incitativa tiene como objetivo que las empresas “puedan salir de esta crisis con una menor carga, para que cuando termine esta pandemia estén reestructuradas sus deudas y así crecer de manera sólida, con una economía en crecimiento a través del trabajo de todos los argentinos”.

De la presentación participaron el jefe de Gabinete de Ministros, Santiago Cafiero, los ministros de Economía, Martín Guzmán; Trabajo, Claudio Moroni; y la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, entre otros funcionarios.

El proyecto amplía el universo de contribuyentes que pueden adherirse a todas las personas jurídicas y humanas, pudiendo regularizar deudas quienes no podían acceder en los términos de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva.

Permitirá incluir deudas vencidas hasta el 30 de junio de 2020 y será posible adherirse hasta el 31 de octubre de 2020. La primera cuota vence el 16 de noviembre.

Dependiendo del tamaño de las empresas e individuos que se adhieran, podrán regularizar sus deudas en hasta 96 o 120 cuotas para las obligaciones tributarias y aduaneras.

En tanto, habrá desde 48 hasta 60 cuotas para las obligaciones correspondientes a los recursos de la seguridad social.

Se producirá una condonación parcial de intereses y total de multas. La tasa de interés será fija y del 2% mensual hasta enero de 2021 y, a partir de ese momento, una tasa variable en pesos (se reformularán los planes ya ingresados a la moratoria para que esa sea la tasa).

Permite utilizar las devoluciones aprobadas y pendientes de pago que el contribuyente tenga a favor en AFIP para compensar la deuda (sólo pueden utilizarse saldos existentes antes de la aprobación de la ley y no saldos técnicos para compensar).