El intendente Berti reglamentó la ordenanza que crea la Unidad de Gestión en Salud

Villa Constitución

Busca fortalecer la articulación interinstitucional y garantizar que las decisiones en salud respondan a criterios técnicos, siempre bajo el paraguas de la legalidad y el interés público.

El intendente de Villa Constitución, Jorge Berti, envió al Concejo Municipal el Decreto N° 2044, que reglamenta la Ordenanza N° 5337/2024, mediante la cual se creó la Unidad de Gestión de Salud y Bien Público. La medida busca dotar a este órgano de un marco institucional claro, operativo y ajustado a la legalidad, garantizando su funcionamiento como un espacio técnico-consultivo sin facultades vinculantes.

La Unidad de Gestión, concebida como un instrumento auxiliar del Departamento Ejecutivo, tendrá como objetivo principal emitir propuestas, informes y diagnósticos en materia de salud y bienestar general, siempre bajo la supervisión y aprobación expresa del gobierno municipal.

Según el decreto, sus actuaciones no tendrán efecto jurídico alguno hasta que sean validadas por el Ejecutivo, preservando así la unidad de mando y evitando superposiciones con otras áreas del Estado.

Integración y funcionamiento

El organismo estará compuesto por representantes de las Secretarías de Salud Preventiva y Desarrollo Humano, y de Finanzas y Administración, quienes ejercerán la Coordinación General. También participarán el Director Médico del Hospital SAMCo “Dr. Juan Milich” —en carácter técnico y sin voto—, el Director de Acción Social, y un concejal por cada bloque político del órgano legislativo local, estos últimos con voz y voto.

Las reuniones se convocarán cada 30 a 60 días, con la posibilidad de sesiones extraordinarias solicitadas por al menos dos miembros. Todas las decisiones se tomarán por mayoría simple, y las actas deberán documentar minuciosamente los temas tratados, intervenciones y acuerdos alcanzados.

Límites y transparencia

Por otra parte, el decreto enfatiza que la Unidad de Gestión no podrá emitir actos administrativos, gestionar fondos, representar al municipio ni crear estructuras paralelas. Además, se establecen mecanismos de transparencia, como el acceso irrestricto a la documentación por parte de sus miembros y la publicación de informes previa autorización del Ejecutivo.

Finalmente, la norma establece que el Departamento Ejecutivo Municipal podrá solicitar auditorías a la Unidad de Gestión o modificar el reglamento en cualquier momento.