Confirman feria judicial en el Tribunal de Villa Constitución

Villa Constitución

La Corte Suprema dispuso el receso administrativo “desde el lunes 13 de julio y hasta que en consonancia con la autoridad sanitaria se recomiende su reanudación”. Se suspenden las audiencias y todos los plazos procesales. Solo harán certificaciones de urgencia.

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe -por resolución de su Presidencia- dispuso, el receso administrativo en todo el ámbito del Distrito Judicial Nº 14 con asiento en los Tribunales de la ciudad de Villa Constitución, hasta que las autoridades sanitarias competentes, por medio del Poder Ejecutivo Provincial, recomienden su reanudación.

SUSPENSIÓN DE PLAZOS Y AUDIENCIAS
En el marco de lo antedicho, la resolución de la Presidencia de la Corte en uso de las facultades legales dispuestas en la Ley 10.160 (LOT), decidió la suspensión de los plazos procesales en las actuaciones radicadas o a radicarse en las unidades jurisdiccionales de la citada sede desde las cero (0) horas del día 13 de julio de 2020 y hasta que se aconseje su reanudación.

Asimismo, se determinó la suspensión de todas las audiencias fijadas desde la vigencia de la presente, con excepción de aquellas que, a criterio de la Magistratura, podría provocar la vulneración o pérdida irreparable de derechos para alguna de las partes; o un perjuicio cuya magnitud justifique, por parte del titular del órgano jurisdiccional, hacer lugar a la excepcionalidad dispuesta. En este último caso -ha determinado la resolución- que las mismas se celebrarán a través de la utilización de los medios tecnológicos disponibles y, de no resultar ello factible, de manera presencial con los debidos recaudos de distanciamiento social e higiene recomendada por los respectivos protocolos de salud vigentes.

SUSPENSIÓN DEL SERVICIO DE CERTIFICACIONES
En el mismo orden de situación queda suspendido desde la citada fecha y hasta que las circunstancias sanitarias aconsejen su reanudación, el servicio de certificaciones que se presta en dicha localidad por parte de este Poder Judicial, exceptuando aquellos casos de urgencia que resulten debidamente acreditados.

MODALIDAD DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE JUSTICIA
Durante este nuevo periodo, la prestación mínima del servicio de justicia se limitará a la atención de los asuntos de urgente despacho o que por su naturaleza no admitan postergación en el horario de 7.00 a 12.00hs. con las limitaciones dispuestas en el Decreto Provincial Nro. 617/2020. Asimismo, las presentaciones por parte de los profesionales se efectuarán a través de correo electrónico con firma digital, firma electrónica o simple mail, a la dirección del Juzgado que habitualmente se utiliza. Los titulares de cada unidad jurisdiccional podrán requerir en cualquier momento a las partes la presentación de escritos en formato papel o que los originales de documentos se envíen escaneados.

DINÁMICA DE LAS MEDIDAS y RECOMENDACIONES GENERALES
La Corte Suprema recomienda enérgicamente a profesionales y público en general, la importancia de dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en los arts. 2, 3 y 4 del Decreto Provincial Nro. 617/2020, en lo referente a la movilidad social y respeto a las medidas de distanciamiento. Por ello, se ha dispuesto extremar los recaudos en orden a mantener las debidas condiciones de limpieza e higiene en todas las dependencias de esa sede.
Para finalizar, se recuerda que las decisiones aquí adoptadas por el Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe, se toman en el contexto de crisis y estado de emergencia sanitaria establecido por el Poder Ejecutivo Nacional, y que se enmarcan en la continua búsqueda de la primordial preservación de la salud de los integrantes de este Poder Judicial, auxiliares de la justicia, y público en general; y de la más adecuada prestación posible del servicio de justicia; hecho que habilita su constante y prudente revisión si las circunstancias sanitarias así lo aconsejaren.