La no emisión del voto en las elecciones generales deberá justificarse a través del Registro de Infractores de la Cámara Nacional Electoral. Quienes no realicen este trámite en los próximos 60 días deberán afrontar una sanción que va de los $50 a los $500.
A las justificaciones de no emisión del voto, que están comprendidas dentro de las previsiones del artículo 12 del Código Electoral Nacional, esta vez se sumaron las ausencias por tener un diagnóstico positivo de coronavirus o ser un caso sospechoso.