A través de un proyecto presentado en la Cámara de Diputados de la provincia de Santa Fe, el diputado Esteban Lenci le pidió al gobierno provincial que se otorgue prioridad para la vacunación contra el coronavirus a las personas con discapacidad. Asimismo, reivindicó la lucha de María Rosa Moreno, una de las principales referentes en defensa de los derechos de las personas con discapacidad, que falleció el pasado 27 de abril, luego de contagiarse de Covid.
“Es necesario que la igualdad deje de ser meramente discursiva, que los derechos consagrados en las normas se hagan realidad, que la inclusión de la discapacidad sea real”, consideró el diputado provincial Esteban Lenci al ingresar en la legislatura provincial un proyecto de ley que le pide al gobierno de Santa Fe priorizar a las personas con discapacidad en el calendario de vacunación contra el COVID. “Le pedimos al gobernador Perotti, a la ministra Martorano que por favor escuchen este reclamo. En estos tiempos, es necesario que el estado se vuelva más sensible y solidario y atienda primero a los más vulnerables”, ahondó.
En el mismo sentido, el legislador reivindicó la lucha de María Rosa Moreno, quien falleció el día 27 de abril de 2021 en la ciudad de Rosario, a causa de COVID-19. “María Rosa fue una de las referentes sociales en Rosario en la defensa de los derechos de personas con discapacidad. Durante meses interpeló a las autoridades provinciales para que vacunaran a todos los jóvenes con patologías crónicas y severas como las que padece su hijo Gabriel. Estas afecciones –continuó Lenci-, hacen que los jóvenes que las padecen sean especialmente vulnerables frente al COVID a pesar de no estar incluidos en los grupos etareos considerados en riesgo”. Lamentablemente y pese a sus múltiples esfuerzos, que incluyeron hasta hablar personalmente con la Ministra de Salud, Sonia Martorano, María Rosa no pudo obtener ninguna respuesta y falleció víctima de la enfermedad.
“Por la memoria y la dignidad de María Rosa, por la lucha de las organizaciones que defienden los derechos de las personas con discapacidad, porque es momento de que el estado se vuelva mucho más sensible y solidario y reconozca la situación de vulnerabilidad de estas personas, pedimos encarecidamente al gobernador Perotti y a la ministra Martorano que analicen seriamente esta situación”, finalizó Lenci.
Situación crítica
En los fundamentos del proyecto presentado por el diputado Lenci, se describe la crítica situación de las personas con discapacidad que no se encuentran entre las edades consideradas de riesgo pero que aun así deberían ser priorizadas por atravesar patologías que los vuelven mucho más vulnerables ante el virus.
“Debido a la disponibilidad gradual de la dosis, el Plan de Vacunación establece un orden de prioridad de los grupos de población a vacunar en cada una de las etapas establecidas. Para determinar el orden de la “Priorización y Escalonamiento de la Vacunación” el plan ha considerado un marco bioético fundado en los principios de igualdad y dignidad de derechos, equidad, beneficio social y reciprocidad.
Se contemplaron, asimismo, criterios establecidos en función del riesgo de desarrollar la enfermedad grave y complicaciones por COVID-19, la probabilidad de una mayor exposición al virus, la necesidad de mitigar el impacto de la COVID-19 en la realización de actividades socioeconómicas y la posibilidad de incidir en la cadena de transmisión.
En este esquema de “priorización para definición de etapas según riesgo de enfermedad grave y por exposición / función estratégica”, se ha dispuesto en quinto orden de prioridad la categoría “Adultos 18 a 59 años de Grupos en Riesgo”. En este grupo se encuentran las personas con discapacidad.
Por ello la Resolución Nro. 627/2020 del Ministerio de Salud de la Nación de fecha 19/03/2020, establece en su artículo 3° las personas que son consideradas grupos de riesgo, y entre ellas se encuentran las “Personas con certificado único de discapacidad”.
Por su parte, la Organización Mundial de la Salud considera también que las personas con discapacidad se clasifican como poblaciones vulnerables durante situaciones de emergencia de salud pública. Según la Organización Mundial de la Salud, la Discapacidad es un término general que abarca las deficiencias, las limitaciones de la actividad y las restricciones de la participación. Las deficiencias son problemas que afectan a una estructura o función corporal; las limitaciones de la actividad son dificultades para ejecutar acciones o tareas, y las restricciones de la participación son problemas para participar en situaciones vitales.
Ello importa que muchas personas con discapacidad no puedan observar el distanciamiento físico porque requieren asistencia personal o guía para realizar sus actividades diarias o dependen del contacto físico para explorar y navegar por su entorno.
Otros están expuestos porque no tienen acceso a información oportuna y comprensible en formatos accesibles sobre cómo protegerse contra COVID-19. En este contexto, la Agencia Nacional de Discapacidad informó que “en un cruce realizado entre el Registro Nacional de Personas con Discapacidad (CUD/ANDIS) y el Sistema Integrado de Información en Salud (SIISA) del Ministerio de Salud de la Nación, se observó que del total de personas confirmadas con COVID 19 en el país, 18.986 (un 2,9 por ciento) eran personas con discapacidad con Certificado Único de Discapacidad (CUD).
De ellas, 1.334 habían fallecido (9,3 por ciento del total de personas fallecidas en todo el país), 13.331 se encontraban recuperadas y 4.321 se encontraban activas de las cuales 2.753 se hallaban en situación de internación.
El porcentaje de letalidad entre la población con discapacidad con CUD fue más alto comparado con el de la población total: 7 por ciento contra 2,2 por ciento.”
¿Cómo se aplica en otras provincias?
Entre los fundamentos del proyecto, se explica que “ante los alarmantes números, algunas Provincias comenzaron a abordar esta realidad: en Neuquén, el 3 de Marzo comenzó el proceso de vacunación a personas con discapacidad, estableciendo que pueden inscribirse las personas de entre 18 y 59 años, que cuenten con el Certificado Único de Discapacidad.
En nuestra Provincia, la ley provincial Nro. 13852 establece en su artículo 12 que: “las personas con discapacidad pueden acreditar plenamente su discapacidad y exigir los derechos y garantías especiales que le corresponden con la sola presentación del Certificado Único de Discapacidad otorgado por las Juntas Evaluadoras de personas con Discapacidad del Gobierno de la Provincia, el cual se expedirá conforme la normativa vigente, no pudiéndose requerir al interesado ningún otro tipo de examen o estudio complementario a fin de certificarla”. Esto importa que la Subsecretaria para la Inclusión de Personas con Discapacidad, dependiente del Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe, cuenta con información acerca de la cantidad de personas con certificado único de discapacidad emitidos por las mencionadas juntas evaluadoras distribuidas a lo largo y a lo ancho del territorio de la Provincia de Santa Fe, cuyos datos son cargados en el sistema de Registro Nacional de Personas con Discapacidad dependiente de la Agencia Nacional de Discapacidad. “Es necesario que la igualdad deje de ser formal, que los derechos consagrados en las normas se hagan realidad, que la inclusión de la discapacidad sea real” se puntualiza en los considerandos del proyecto presentado por Lenci.