Descuentos en impuestos provinciales para comercios más afectados por la pandemia

Villa Constitución

“Desde la Cámara de Senadores hemos impulsado un proyecto de Ley para reducir impuestos a sectores frenados o perjudicados por la pandemia”, contó el senador Germán Giacomino.

En las últimas horas, la Administración Provincial de Impuestos (API), mediante la Resolución N° 010/21, estableció exenciones especiales en el pago de Impuestos sobre los Ingresos Brutos (septiembre, octubre, noviembre, diciembre 2020 y enero, febrero y marzo 2021); Impuesto Inmobiliario (cuotas 2 a 6 del año 2021 y 1 y 2 del 2021) e Impuesto de Sellos y Tasas Retributivas de Servicios (exención 100 por ciento).

Cada comercio y persona que lleve adelante tareas (detalladas a continuación) deberán realizar los trámites correspondientes, vía online, y poder acceder a estos beneficios. Dada la complejidad en algunos casos, sugerimos recurrir al asesoramiento de un profesional en ciencias económicas.

Las actividades económicas que podrán disponer de esta medida especial, emitida por la Administración Provincial de Impuestos con el dictamen N° 046/2021 son:

●Bares, restaurants y similares.
●Servicios de alojamiento, hotelería, residenciales y campings.
●Agencias de viaje y turismo.
●Servicio de transporte automotor de pasajeros para el turismo y excursiones.
●Servicios de explotación de playas y parques recreativos.
●Venta al por menor de artículos o artesanías regionales.
●Servicios vinculados a la organización de ferias, congresos, convenciones o exposiciones.
●Servicios para eventos infantiles. ●Organización de eventos, soportes y alquiler de equipamiento para eventos.
●Alquiler temporario de locales para eventos, peloteros.
●Alquiler de canchas para prácticas de deportes.
●Jardines maternales.
●Salones de baile y discotecas.
●Servicios de peluquería.
●Servicios profesionales y personales vinculados al turismo.