La licenciada Mariana Bouvier, titular de la consultora local Preven100, participó en la sesión informativa de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre la Resolución que incluye al entorno de trabajo seguro y saludable en el marco de los principios y derechos fundamentales en el mundo laboral. “Esta es una resolución que fue recientemente adoptada por la Conferencia Internacional del Trabajo y representa una decisión histórica porque significa que todos los Estados miembros de la OIT se comprometen a respetar y promover el derecho fundamental a un entorno de trabajo seguro y saludable, hayan ratificado o no los Convenios correspondientes”, informó.
La profesional recordó que los principios y derechos fundamentales en el trabajo se adoptaron en 1998 como parte de la Declaración de la OIT. En consecuencia, los Estados miembros de dicho organismo, con independencia de su nivel de desarrollo económico, se comprometen a respetar y promover estos principios y derechos, hayan o no ratificado los convenios correspondientes.
En este sentido, Bouvier celebró la histórica decisión de la Conferencia Internacional del Trabajo que incorporó el principio de “un entorno de trabajo seguro y saludable” a los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Los alcances de la Resolución
La consultora Preven100 Salud y Seguridad Laboral difundió un comunicado para destacar las premisas más importantes de la Resolución de la OIT:
1. Incentivar el diálogo social y la cooperación entre los gobiernos, empleadores y trabajadores mediante un sistema de derechos, responsabilidades y deberes bien definidos.
2. Enmendar el párrafo 2 de la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo, a fin de incluir como compromiso de los países miembros, el preservar un entorno de trabajo seguro y saludable; de igual forma se introdujeron las enmiendas en el Anexo de Seguimiento a la referida Declaración sobre la justicia social para una globalización equitativa y en el Pacto Mundial para el Empleo, reafirmándose los principios y derechos inherentes a la pertenencia de la OIT, a saber:
a) La libertad de asociación y la libertad sindical y el reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva.
b) La eliminación de todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio.
c) La abolición efectiva del trabajo infantil.
d) La eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación.
e) Un entorno de trabajo seguro y saludable.
3. Declaró que el convenio sobre seguridad y salud de los trabajadores, de 1981 (Convenio 155), y el convenio sobre el marco promocional para la seguridad y salud en el trabajo, de 2006 (Convenio 187), deben ser considerados fundamentales en el sentido enunciado en la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo, en su versión enmendada.
4. Invitó al Consejo de Administración a adoptar todas las medidas apropiadas con miras a introducir enmiendas que se deriven de la referida resolución en todas las normas internacionales del trabajo pertinentes, en la declaración tripartita de principios sobre las empresas multinacionales y la política social y en la Declaración de la OIT sobre la justicia social para una globalización equitativa.