Cómo justificar el no voto por Covid y de cuánto es la multa por no votar

La Provincia

Las elecciones PASO de este domingo son obligatorias, aunque en el marco de la pandemia de coronavirus hay nuevas excepciones. También existen multas por no cumplir con el deber cívico.

Este domingo 12 de septiembre se celebrarán las elecciones Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO).

Quienes no puedan ir a votar por una cuestión sanitaria, ya sea por aislamiento por contacto estrecho, síntomas o estar cursando la cuarentena por el virus, deberán justificar la eximición del sufragio. Una vez terminados los comicios, la Cámara Nacional Electoral habilitará la página de internet para que en el plazo de 60 días, la persona cargue sus datos y justificativo, y luego la Cámara evaluará dependiendo del certificado presentado, si ingresa o no al registro de infractores.

En la provincia de Santa Fe la persona sintomática o que se encuentre con sospechas de Covid no debe asistir a la votación, sino llamar inmediatamente al 0800-555-6549. Si algún votante llega al lugar de votación con un estado febril u otros síntomas se lo apartará de la fila y se lo mandará a su casa con indicación de llamar al call center de la provincia.

El Código Nacional Electoral estipula una multa de 50 a 500 pesos al elector mayor de 18 y menor de 70 años que no emita su voto y no lo justifique ante la Justicia nacional electoral en el plazo de dos meses luego de la respectiva elección. El incluido en el registro de infractores al deber de votar no podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años.