ARCA oficializó cambios en el monotributo: todo lo que hay que saber

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) formalizó las modificaciones anunciadas en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), que incluyen las fechas habilitadas para el cambio de categoría y el establecimiento del Índice de Precios al Consumidor (IPC) como base de cálculo.

La medida se implementó a través de la Resolución General 5637/2025 de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), publicada el martes 21 de enero en el Boletín Oficial, con la firma de su titular, Juan Pazo.

En este contexto, el cálculo de las categorías tomará como referencia la información proporcionada por el Índice de Precios al Consumidor (IPC). Según el porcentaje de variación anual reportado por el INDEC, la actualización de las escalas se efectuará en los meses de enero y julio, considerando los semestres anteriores concluidos en junio y diciembre, respectivamente.

La norma destaca: “que, al respecto, determinó que la actualización prevista en el artículo 52 del citado Anexo se efectuará semestralmente a partir del año fiscal 2025, inclusive, en los meses de enero y julio, por el coeficiente que surja de la variación anual del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que suministre el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), correspondiente al semestre calendario que finalice el mes inmediato anterior al de la actualización que se realice”.

Además, se implementaron procedimientos más ágiles para realizar la recategorización, utilizando la información disponible en los sistemas informáticos del organismo. Las resoluciones correspondientes serán notificadas en el Domicilio Fiscal Electrónico de los contribuyentes dentro de los 10 días hábiles posteriores al vencimiento del período de cambio.

Por último, se aclara que la recategorización de oficio surtirá efecto a partir de agosto y febrero para los semestres enero/junio y julio/diciembre, respectivamente.