La Administración General de Puertos (AGP) gestionará la vía navegable troncal por la que se traslada el 80% del volumen del comercio exterior argentino.
La Administración General de Puertos (AGP) iniciará a partir de este sábado a la medianoche la gestión temporal de la vía navegable troncal, Hidrovía Paraná-Paraguay, por los próximos 12 meses, en los cuales el Gobierno trabajará con las provincias y los distintos actores que intervienen en el canal fluvial para elaborar el pliego de una nueva licitación internacional.
A partir de este sábado el interventor de la AGP, José Beni, tendrá bajo su órbita el mantenimiento de la Hidrovía hasta que se adjudique la licitación de largo plazo por el dragado, balizamiento, control y cobro del peaje de la vía fluvial.
El 1 de julio último, a través del decreto 427/21, el presidente Alberto Fernández determinó el pasaje de la Hidrovía de manos de la última concesión privada al control estatal.
Mientras la AGP administra el canal fluvial, el Ente de Control y Gestión de la Vía Navegable, creado a fines de agosto, organizará en paralelo la licitación larga y adjudicará el futuro contrato por el dragado, balizamiento, control hidrométrico y cobro del peaje de la vía por la que se traslada el 80% del volumen del comercio exterior argentino.
El proceso de finalización de la actual concesión se originó hace un año como resultado directo de la conformación del Consejo Federal Hidrovía, con representación del Poder Ejecutivo Nacional y de las provincias de Buenos Aires, Santa Fe, Chaco, Formosa, Misiones, Corrientes y Entre Ríos.
En 1995, el Gobierno menemista otorgó la concesión de las tareas de mantenimiento, dragado y balizamiento del Paraná al consorcio Hidrovía, integrado por la empresa belga Jan de Nul y la argentina Emepa.
Esta concesión venció el 30 de abril último, pero se estableció una prórroga para iniciar un proceso que permita definir el formato o modalidad de operación de la principal vía navegable troncal.
A partir de mañana la AGP deberá determinar la delimitación de los ríos, canales, zonas, tramos, trazas y secciones en las que se conformará o segmentará la vía navegable troncal, para que dichos tramos en cualquier momento se puedan afectar o desafectar respecto del alcance y el objeto del contrato, total o parcialmente, en relación con los distintos servicios que se prestan en los mismos.
Del mismo modo, habrá que establecer el procedimiento para la eventual revisión de tarifas o peajes, contemplando la participación u opinión de los usuarios, entidades representativas de los sectores afines y obligados al pago.
Asimismo, el organismo que conduce Beni tendrá que precisar el plan de obras a ejecutar y los parámetros técnicos exigidos para su ejecución, como también los niveles de calidad o estándares para la adecuada prestación de los servicios conexos involucrados.